miércoles, 28 de septiembre de 2011

ACCIONES CONSTITUCIONALES. 86, 87 y 88‏

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81 comentarios:

  1. 781-4D-2011
    La democracia participativa constituye la base fundamental de la carta política colombiana. A partir de esta nueva concepción se han abierto espacios para el desarrollo de procedimientos y mecanismos de participación de los ciudadanos a través de los cuales se pretende facilitar la transformación democrática y política al posibilitar el cabal cumplimiento de la función del Estado y por ende, la protección de los derechos de los ciudadanos.

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  2. 170-4E-2011
    La acción de Tutela. Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.”

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  3. 317-4E-2011

    La acción de cumplimiento es reconocida en la Constitución Política como uno de los mecanismos de protección de derechos, y es común la creencia de que es el mecanismo protector por excelencia de los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esta acción no es de modo directo un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.

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  4. 071-4A-2011

    La accion de tutela es un mecanismo que protege A la vida y la salud: cuando no le suministren medicamentos o no le practiquen procedimientos médicos o quirúrgicos, o por mora o servicio deficiente. El derecho de petición: cuando las autoridades o los particulares que cumplen funciones públicas no responden las peticiones de los ciudadanos dentro del término de ley. A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes. Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades.

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  5. 988-4E-2011
    La acción popular está consagrado en la Constitución Política art. 88 y la ley 472 de 1998; es el mecanismo de protección de los derechos e intereses colectivos y difusos (los relacionados con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad pública, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, etc.).

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  6. 337-4D-2011

    (Acción de tutela, acción de cumplimiento y acción popular) Instrumentos de protección de derechos y del ordenamiento jurídico, cuya finalidad es el amparo concreto de los derechos fundamentales.

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  7. 358-4a-2011
    Al respecto de la ley LEY 1425 DE 2010 que deroga los art. 39 y 40 de la ley 478 de 1998, No estoy de acuerdo en la sustracción de los incentivos para las acciones populares por 2 (dos) sencillas razones.

    1. para el actor o persona que ejerce la accion que busca la protección de esos derechos colectivos presuntamente vulnerados, recurre en un gasto de tiempo y monetario importante, y con el incentivo se subsanaba ese pequeño pero importante percance.

    2. Aumento en la vulneracion de derechos e intereses colectivos.

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  8. 756-4E-2011
    La democracia participativa constituye la base fundamental de la carta política colombiana. A partir de esta nueva concepción se han abierto espacios para el desarrollo de procedimientos y mecanismos de participación de los ciudadanos a través de los cuales se pretende facilitar la transformación democrática y política al posibilitar el cabal cumplimiento de la función del Estado y por ende, la protección de los derechos de los ciudadanos.

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  9. 697-4D-2011

    La accion de tutela No requiere de abogado.El juez no podrá tardar más de diez días en decidir su solicitud.Dentro de los tres días siguientes a la notificación, el fallo puede ser impugnado por el demandante o el demandado.
    El cumplimiento del fallo es obligatorio e inmediato.Si los demandados incumplen la decisión del juez o no la ejecutan en el tiempo indicado, usted puede acudir ante el mismo juez para presentar un incidente de desacato.Una vez que usted conozca el fallo del juez, favorable o no, acérquese a nuestras oficinas para continuar asesorándolo.

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  10. 799/4 2011
    La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.

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  12. 387-4e-2011
    La acción de tutela como mecanismo de protección de los derechos fundamentales es muy útil para garantizar el reconocimiento, el amparo o indefensión inmediata de los derechos de la persona directamente afectada ya que está en condición de vulnerabilidad, hay que anotar que esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial.

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  13. La democracia participativa: la participación es un medio no un fin. Participamos para alcanzar una meta, un logro, un proyecto compartido de país. Nuestra democracia es participativa porque nuestro Estado tiene unos fines que ha estipulado cumplir por medio de la participación ciudadana.

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  15. 666-4e-2011
    La accion de tutela es un mecanismo que protege A la vida y la salud: cuando no le suministren medicamentos o no le practiquen procedimientos médicos o quirúrgicos, o por mora o servicio deficiente. El derecho de petición: cuando las autoridades o los particulares que cumplen funciones públicas no responden las peticiones de los ciudadanos dentro del término de ley. A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes. Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades.

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  16. 694-4e-2011
    dentro de las improsedencias de la accion de tutela esta: cuando no exista otro recurso o medios judiciales... pero que pasa cuando el derecho es inmediato pero exista ese recurso... la persona debe esperar 3 meses para que le den un derecho por que sino su accion de tutela es improcedente?

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  17. la accion de tutela se ha convertido en los ultimos años en el mecanismo para que le sean garntizados sus derechos fundamentales que a diario son vulnerados bien sea por entidades publicas o privadas, de aqui la granimportancia de esta accion constitucional que fuen un gran acierto de nuestra constitucion del 91.

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  18. La accion de tutela es un mecanismo que protege A la vida y la salud: cuando no le suministren medicamentos o no le practiquen procedimientos médicos o quirúrgicos, o por mora o servicio deficiente. El derecho de petición: cuando las autoridades o los particulares que cumplen No requiere de abogado.El juez no podrá tardar más de diez días en decidir su solicitud.Dentro de los tres días siguientes a la notificación, el fallo puede ser impugnado por el demandante o el demandadofunciones públicas no responden las peticiones de los ciudadanos dentro del término de ley. A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes. Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades.

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  19. 874-4E-2011
    LA ACCION DE TUTELA,es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos establecidos en la ley.

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  20. 826-4E-2011
    la accion de tutela se ha convertido en los ultimos años en el mecanismo para que le sean garntizados sus derechos fundamentales que a diario son vulnerados bien sea por entidades publicas o privadas, de aqui la granimportancia de esta accion constitucional que fuen un gran acierto de nuestra constitucion del 91. La acción de tutela como mecanismo de protección de los derechos fundamentales es muy útil para garantizar el reconocimiento, el amparo o indefensión inmediata de los derechos de la persona directamente afectada ya que está en condición de vulnerabilidad, hay que anotar que esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial.

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  22. 583-4E-2011
    La Acción de Tutela garantiza los derechos fundamentales. Cuando una decisión de tutela se refiera a un derecho no señalado expresamente por la constitución como fundamental, pero cuya naturaleza permita su tutela para casos concretos, la corte constitucional debe dar prelación en la revisión en esta decisión, ya que es importante proteger los derechos humanos ratificados por Colombia. De ser negada la tutela de los derechos que se ha vulnerado o se encuentren en un estado inminente de vulnerabilidad, se debe acudir a la figura de la impugnación, la cual tiene un termino de 3 días para interponerse

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  23. 876-4E-2011
    el medio de tutela es muy efectivo y agil ya que busca proteger alos ciudadanos de cualquier violacion de sus derechos fundamentales, pero al momento de utilizarlo debemos tener en cuenta si existe algun otro medio que me pueda garantizar la proteccion del derecho vulnerado para asi evitar un mal uso de la accion

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  24. MARIA DEL CARMEN DIJO
    392 4 A
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    Toda persona tiene derecho a reclamar mediante acción de tutela ya sea por si mismo o por medio de apoderado para que no se les vulneren sus derechos constitucionales y fundamentales ya que por medio de este mecanismo se protege la vida y la integridad de la persona

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  26. la accion de tutela,,, articulo 86 de la carta politica,, su gran objetivo es garantizar la proteccion de los derechos fundamentales en contra de quienes quieran violentarlos,,,

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  27. 256 4e

    Toda persona tiene derecho a reclamar mediante acción de tutela ya sea por si mismo o por medio de apoderado para que no se les vulneren sus derechos constitucionales y fundamentales ya que por medio de este mecanismo se protege la vida y la integridad de la persona

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  28. 668-4e-2011

    la accion de tutela,,,articulo 86 de la carta politica,,, su gran objetivo es garantizar la proteccion de los derechos fundamentales en contra de quienes quieren violentarlos....

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  29. 898 - 4E

    las acciones constitucionales consagradas en la carta política del art 86, 87 y 88, constituyen una base fundamental de mecanismos para la protección de los derechos de los ciudadanos y las personas en general; siendo la acción de tutela la innovación de la constitución política de 1991 se convierte en una herramienta de fácil acceso a las personas para reclamarle al Estado sus obligaciones, así como lo son la acción de cumplimiento y las acciones populares que obligan a la administración a desarrollar el estado garantista de los derechos.

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  30. 562-4e-2011
    la accion de tutela es el mecanismo mas importante de nuestro ordenamiento juridico ya que es un mecanismo rapido y efectivo para reclamar nuestros derechos fundamentales

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  31. 562-4e 2011
    para que prospere la accion de tutela no debe exister otro proceso para el derecho que se vulnere.

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  32. 153-4E-2011

    Pese a estar tanto la acción de tutela, la acción de cumplimiento y la acción popular consagradas y consolidadas en la Carta Política de 1991, artículos 86,87 y 88, respectivamente; quiero hacer hincapié en la acción de tutela como herramienta indefectible para propugnar y salvaguardar los derechos fundamentales.
    La susodicha tiene ciertas particularidades mentadas máxime en el cuadro de acciones constitucionales, que sucede al artículo 88. Cabe poner de relieve que ésta no acarrea per sé una indemnización sino una égida a los derechos fundamentales (título II de la C.P) y no procede cuando hay otros medios para defender el derecho; no obstante podrá incoarse como herramienta interina, si la pretensión es conjurar un perjuicio irremediable e inminente.

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  33. 756-4D-2011
    la acción de tutela art. 86 grantozar los derechos fundamentales, la acción de cumplimiento at. 87 hacer cumplir una ley, la acción popular art. 88 mecanismo de protección de los derechos e intereses colectivos y difusos.

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  34. 796-4B-2011
    las acciones constitucionales consagradas en la carta política del art 86, 87 y 88, constituyen una base fundamental de mecanismos para la protección de los derechos de los ciudadanos y las personas en general; siendo la acción de tutela la innovación de la constitución política de 1991 se convierte en una herramienta de fácil acceso a las personas para reclamarle al Estado sus obligaciones, así como lo son la acción de cumplimiento y las acciones populares que obligan a la administración a desarrollar el estado garantista de los derechos.

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  35. 976- 4D- 2011

    Son mecanismos de participación social instituidas a favor del ciudadano para defender y representar intereses particulares o comunitarios.

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  36. 587-4D-2011

    Creo que la proteccion de los principios fundamentales de la carta magna debe ser la primordial meta de las entidades estatales, puesto que no es verdad que el sistema este mal, el problema son los encargados de llevar este sistema a una realidad practica.

    Realidad que el ciudadano puede llevar a reclamaciones por medio de mecanismos que la constitucion nos ha brindado desde hace años y que solo con la adecuado utilizacion de los mismos podremos llegar a obtener buenos resultados.

    Definitivamente BASTA DE CORRUPCION.

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  37. zuleima villan
    113-4A-2011

    LA ACCIÓN DE TUTELA ES UN MECANISMO CONSTITUCIONAL QUE DEFIENDE NUESTROS DERECHOS, COMO LO ESTABLECE EN LA CONSTITUCIÓN, PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS, LA TUTELA COMO MECANISMO CONSTITUCIONAL ES UN RECURSO EXCELENTE,POR LO EFICAZ, EL JUEZ EXIGE UN PRONUNCIAMIENTO DE FONDO PARA CONCEDER O NEGAR EL AMPARO DEL DERECHO.

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  38. 781-4E-2011
    Las acciones constitucionales estan consagradas en los articulos 86, 87 y 88 de la constitución politica de colombia.
    primera acción constitucional:
    LA ACCION DE TUTELA(art 86):fué una innovación en su momento dentro de la justicia colombiana, fué instituida en la constitución de 1991. Es una herramienta judicial que ha tenido dentro de la población colombiana exelente acogida, porque mediante ella eficaz y rapidamente se resuelven importantes situaciones relacionadas con los derechos fundamentales que han sido vulnerados por una acción u omisión por cualquier autoridad publica o por particulares encargados de prestar un servicio.
    La acción de tutela se instaura mediante un procedimiento de carácter preferente y sumario, ante los jueces, en cualquier momento ya sea por el interesado (persona natural o jurídica) o por apoderado y siempre que no se cuente con otro medio de defensa judicial.

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  39. 781-4E-2011
    LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO (art 87):
    Es un mecanismo que consagra la Constitución, cuyo objetivo es asegurar que las leyes no se queden en el papel sino que se cumplan en la realidad.
    La Acción de Cumplimiento puede ser presentada ante los jueces administrativos y los tribunales administrativos en cualquier tiempo por cualquier persona, por las organizaciones sociales,las organizaciones no gubernamentales, por los servidores públicos como el Procurador General , el Defensor del Pueblo y el Contralor General.

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  40. 781-4E-2011
    LAS ACCIONES POPULARES (ART 88 C.N)
    Son aquellas, en las que cualquier persona, perteneciente a un grupo de la comunidad, está legitimada procesalmente para defender el grupo afectado por unos hechos comunes, con lo cual, simultáneamente, protege su propio interés, obteniendo, en ciertos casos, un beneficio económico adicional en su favor constituido por la recompensa que la ley otorga en algunas ocasiones.

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  41. 781-4E-2011

    Me permití señalar el contenido de las tres acciones que aparecen en la Constitución politica de Colombia, para a continuacion hacer los comentarios pertinentes, estimando en primer lugar, que uno de los mayores logros contenidos en la Constitucióh de 1991, fue la Acciónh de Tutela, herramienta que vino en ayuda de los ciudadanos colombianos, que antes se hallaban huerfanos de apoyo judicial cuando se les vulneraba sus derechos fundamentales, especialmente la salud - vida -. Considero que es un gran logro, para todos nosostros, pues estamos amparados por un mecanisno legal que no conociamos y que ha tenido repercución en todos los ambitos sociales del pais, pues ha prestado ayuda a todos los estratos. Ojala el Estado Colombiano siguiera legislando en el mismo sentido, vale decir, crear leyes que en realidad vengan en nuestra ayuda, como en esta oportunidad y no se legisle solo por llenar requisitos y hacer politica.
    La ACCION DE CUMPLIMIENTO,tambien merece mi elogio, pues en la actualidad, la misma, ayuda u obliga a que las leyes que se profieren sean cumplidad . El hecho de que esta acción pueda se presentadaen cualquier tiempo y por cualquier persona, es excelente, porque en la mayoria de las veces cuando una persona lesionada en cualquiera de sus derechos, por no conocer la ley, acude a la Rama Judicial para que se haga justicia, pues no se cumplio su derecho - consagrado en la ley - no atienden su pretensión porque ya el termino de presentarla ha precluido.Muy bien por esta opción: que las leyes no sean letra muerta sino que lo conagrado en ella se CUMPLA. Su cumplimiento sin duda alguna es merecedor de reconocimiento, pues HACE EFECTIVA LAS LEYES.
    LAS ACCIONES POPULARES, si tuvieran como finalidad estricta defender un grupo de la comunidad que es afectado por hechos comunes, seria maravilloso, pero desafortundamente esta ACCION ha sido ejercida la mayoria de las veces por personas que no desean el bien de la cumunidad sino su propio bien, ya que al ser resuelto el derecho que invocan favorablemente, obtienen beneficio economico, que a la hora de la verdad es el interes que la presentación de dicha acción, les ha motivado desde el principio. Es una lastima, pero desafortunadamentre se han perdido los valores y hoy solo prima el interes personal. Pido excusas si me he excedido en este mi comentario.

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  42. 752-4D-2011

    La acción de tutela se instaura mediante un procedimiento de carácter preferente y sumario, ante los jueces, en cualquier momento ya sea por el interesado (persona natural o jurídica) o por apoderado y siempre que no se cuente con otro medio de defensa judicial.

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  43. 714-4D-2011

    A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes. Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades.

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  44. 577-4D-2011

    El derecho de petición: cuando las autoridades o los particulares que cumplen funciones públicas no responden las peticiones de los ciudadanos dentro del término de ley. A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes. Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades.

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  45. 581-4B-2011

    los distintos mecanismos de defensa de los derechos, es sin duda de gran estudio, interes y analisis por parte de los que en el derecho vemos una forma de vida. la tutela,ha sido sin duda el mejor mecanismo para defender los derechos fundamentales y es por ello, que debemos seguir velando por la implementacion de dicha accion para que en un mplio sentido podamos proteger mis derechos, tus y nuestros derechos.

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  46. 261-4d-2011
    “Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.”
    "Esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

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  47. 556-4d-2011
    Accion de cumplimiento
    "Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido".
    La acción de cumplimiento es reconocida en la Constitución Política como uno de los mecanismos de protección de derechos, y es común la creencia de que es el mecanismo protector por excelencia de los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esta acción no es de modo directo un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.

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  48. 205-4d-2011
    estas acciones las debemos conocer todas las personas colombianas ya que cualquier persona puede utilizarlas para defender sus derechos fundamentales,para no permitir que nuestros administradores pasen por encima de nuestros derechos.

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  49. 406-4D-2011
    097
    La acción de tutela es sin duda uno de los mecanismos más importantes y conocidos por todas las personas para el ejercicio de sus derechos cuando aquellos han sido violados, desconocidos, o vulnerados.

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  50. 751-4d-111
    La acción de cumplimiento es reconocida en la Constitución Política como uno de los mecanismos de protección de derechos, y es común la creencia de que es el mecanismo protector por excelencia de los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esta acción no es de modo directo un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.

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  53. 279-4A-2011
    ESTAS ACCIONES CONSTITUCIONALES SON UNAS VERDADERAS HERRAMIENTAS CON LA QUE CONTAMOS LOS COLOMBIANOS PARA HACER VALER NUESTROS DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS, CUANDO SON VULNERADOS O AFECTADOS POR LOS BUSOS DE CIERTOS FUNCIONARIOS O ENTIDADES PUBLICAS Y PRIVADAS QUE CREEN TENER SIEMPRE LA POTESTAD DE REDUCIR O LIMITAR NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES Y EN ESPECIAL LOS DE LAS PERSONAS MENOS PROTEGIDA O PRIVILEGIADA.

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  54. 250-4D-2011
    Este texto me parece muy importante porque toca un tema de gran interés para todos, como lo son las cciones constitucionales. La democracia participativa constituye la base fundamental de la carta política colombiana. A partir de esta nueva concepción se han abierto espacios para el desarrollo de procedimientos y mecanismos de participación de los ciudadanos a través de los cuales se pretende facilitar la transformación democrática y política al posibilitar el cabal cumplimiento de la función del Estado y por ende, la protección de los derechos de los ciudadanos.

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  55. 456-4d-2011
    La Acción de Tutela es un mecanismo creado por la Constitución de Colombia de 1991 , inspirado en recursos similares que existen en otros mecanismos de similar finalidad como el Recurso de Amparo que busca proteger los Derechos fundamentales de los individuos al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente. Por ejemplo una Acción de Tutela para que le sean suministrados medicamentos a un niño que de no recibirlos moriría.

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  56. 781-4E-2011
    De las acciones constitucionales enumeradas, considero que la acción de tutela es la más importante porque vino a llenar un vacio relacionado con la vulneración de los derechos fundamentales consagrados expresamente en la constitución nacional quién fue quien instituyó la figura y consecuencialmente los derechos fundamentales.

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  57. 781- 4E-2011
    Continuando con la importancia de la acción de tutela me permito destacar el procedimiento señalado para la misma, pues en tiempo perentorio los funcionarios tienen que dar tramite a la misma y una vez protegido el derecho que se invoca este no es solucionado,será suceptible de un incidente de DESACATO.

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  58. 781-4E-2011
    No quiero dejar por fuera las otras dos acciones constitucionales- de cumplimiento y populares,las dos merecen reconocimiento social, aunque la primera me parece mas eficaz pues se relaciona con la efectividad de las leyes, mientras que la segunda aunque su finalidad es buena, reitero lo que dije en otro comentario, quienes la instauran la mayoría de las veces no buscan el bién comun si no su interes personal.

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  59. accion de tutela, accion popular: objeto e instrumento de protección de derechos y del ordenamiento jurídico, cuya finalidad concreta defender los derechos fundamentales.

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  60. La acción de tutela es sin duda el instrumento expedito para que se respeten los derechos fundamentales y para que todos los colombianos tengan la posibilidad acceder a la justicia. De otra parte, se establece como principio fundamental constitucional la diversidad étnica y cultural, acompañada de la autonomía territorial y su desarrollo específico para el caso de las comunidades indígenas.

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  61. 950-4D-2011

    La protección de accion de tutela consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacer. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

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  62. 363-4D-2011

    ESTAS ACCIONES BRINDAN UNA VERDADERA PROTECCION A LOS CIUDADANOS PARA Q ESTOS TENGASN GRANTIAS CONSTITUCIONALES PARA PROTEGER SUS DERECHOS FUNDAMENTALES DE UNA MANERA PRONTA Y REAL.

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  63. 038-4d-2011
    esta acción reconocida en la Constitución Política como uno de los mecanismos de protección de derechos, y es común la creencia de que es el mecanismo protector por excelencia de los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esta acción no es de modo directo un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.

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  64. ACCIONES CONSTITUCIONALES 86,87 Y 88
    BORIS FUENTES
    080 – 4A - 2011

    COMENTARIO
    A partir de la Constitución de 1991, los ciudadanos tienen la oportunidad de redimir controversias o hacer reclamaciones en pro de la garantía de los derechos humanos, bien sea del interés individual o del interés colectivos. Tales mecanismos son la acción de tutela, la acción de cumplimiento y la acción popular.

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  65. ACCIONES CONSTITUCIONALES 86,87 Y 88
    BORIS FUENTES
    080 – 4A - 2011

    COMENTARIO
    A partir de la Constitución de 1991, los ciudadanos tienen la oportunidad de redimir controversias o hacer reclamaciones en pro de la garantía de los derechos humanos, bien sea del interés individual o del interés colectivos. Tales mecanismos son la acción de tutela, la acción de cumplimiento y la acción popular.

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  66. 648-4B-2011
    la acción de tutela como mecanismo que garantiza los derechos fundamentales de todo ciudadano, no se puede convertir en Colombia como una demanda mas o como el único mecanismo para acceder a la justicia, en tanto se recuerda que se acude a dicha acción constitucional como un mecanismo excepcional, mas no como una regla general.

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  67. 833-4A-2011
    La carta política colombiana en su concepción abre espacios para la utilización de procedimientos y mecanismos de participación de la ciudadanía, facilitando el control al cumplimiento de la función del Estado. Ejemplo de ello es la acción de tutela siendo un mecanismo eficaz y ágil para salvaguardar los derechos fundamentales, es un medio judicial garantista y útil en la medida que protege de forma inmediata los derechos del afectado.

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  68. Con la acción de tutela se busca la protección de los derechos fundamentales (la vida, la libertad, etc.) que han sido vulnerados por una acción u omisión de cualquier autoridad pública o por particulares encargados de prestar un servicio público o por personas ante quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión.
    729-4D-2011
    La acción de tutela se instaura mediante un procedimiento de carácter preferente y sumario, ante los jueces, en cualquier momento ya sea por el interesado (persona natural o jurídica) o por apoderado y siempre que no se cuente con otro medio de defensa judicial.

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  69. La Acción de Tutela fue creada por la Constitución de Colombia de 1991 , es un mecanismo inspirado en recursos similares que existen en otros mecanismos de similar finalidad como el Recurso de Amparo. Busca proteger los Derechos fundamentales de los individuos al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente. Toda persona tendrá derecho acción de tutela para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quieran que estos resulten vulnerados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos que señale este decreto. Todos los días y horas son hábiles para interponer la acción de tutela.

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  70. La accion de cumplimiento es otro mecanismo constitucional que tiene como finalidad proteger el derecho de las personas a que las autoridades competentes cumplan lo dispuesto por las leyes o lo dispuesto por algún acto administrativo, cuando ellas se muestran opuestos a ello. sin embargo esta acción no es de modo directo un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.

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  71. 1. para el actor o persona que ejerce la accion que busca la protección de esos derechos colectivos presuntamente vulnerados, recurre en un gasto de tiempo y monetario importante, y con el incentivo se subsanaba ese pequeño pero importante percance. Aumento en la vulneracion de derechos e intereses colectivos.

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  73. 141 4-E 2011
    siguiendo con la accion de cumplimiento conforme indica el artículo 1 de la Ley 393 de 1998, este mecanismo jurisdiccional cabe para solicitar el cumplimiento de normas con fuerza material de ley y actos administrativos. No puede utilizarse para solicitar el cumplimiento de las normas constitucionales.

    Las normas con fuerza material de ley, son todas aquellas que son leyes o se parecen a estas en tanto constituyen una norma de carácter general, abstracto e impersonal. Lo cual significa que vinculan a una generalidad de personas, no a nadie en particular, no definen una situación concreta para alguien ni se dirigen a las personas de manera determinada. Además, las normas con fuerza material de ley se dictan en ejercicio de la función legislativa del poder público.

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  74. 522/4E/2011
    La democracia participativa constituye la base fundamental de la carta política colombiana. A partir de esta nueva concepción se han abierto espacios para el desarrollo de procedimientos y mecanismos de participación de los ciudadanos a través de los cuales se pretende facilitar la transformación democrática y política al posibilitar el cabal cumplimiento de la función del Estado y por ende, la protección de los derechos de los ciudadanos.

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  75. 724-4d-2011
    ¿CONTRA QUIÉN SE EJERCITA UNA ACCIÓN POPULAR?
    Ley 472 (Art.12)

    El Estado o los particulares.

    "la acción popular se dirigirá contra el particular, persona natural o jurídica, o la autoridad pública cuya actuación y omisión se considere que amenaza, viola o ha violado el derecho o, interés colectivo". E incluso se puede demandar sin que estén determinados los responsables, previendo esta situación la ley agrega: "En caso de existir vulneración o amenaza y se desconozcan los responsables, corresponderá al juez determinarlos".

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  76. 466-4D-2011
    “Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento Y
    lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.”
    COMENTARIO:me parce q la tutela es el mecanismo mas importante para que los ciudadanos se protejan de actuaciones en su contra que haga u omita la autoridad publica

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  77. 972-4B-2011
    La acción de tutela como los distintos mecanismos de defensa existentes en nuestra constitución política, como la acción de cumplimiento y las acciones populares se ha constituido como la mejor herramienta al alcance de todas las personas para hacer que el estado cumpla con sus obligaciones de proteger y garantizar nuestros derechos fundamentales. Estos mecanismos sin duda se han convertido en el mejor y más utilizado método en los últimos años para defender nuestros derechos vulnerados.

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  79. 783-4b-2011

    la acción de tutela como mecanismo que garantiza los derechos fundamentales de todo ciudadano,
    as acciones constitucionales consagradas en la carta política del art 86, 87 y 88, constituyen una base fundamental de mecanismos para la protección de los derechos de los ciudadanos y las personas en general; siendo la acción de tutela la innovación de la constitución política de 1991 se convierte en una herramienta de fácil acceso a las personas para reclamarle al Estado sus obligaciones, así como lo son la acción de cumplimiento y las acciones populares que obligan a la administración a desarrollar el estado garantista de los derechos.

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  80. EDUARDO

    986 - 4A - 2011

    La democracia participativa constituye la base fundamental de la carta política colombiana. A partir de esta nueva concepción se han abierto espacios para el desarrollo de procedimientos y mecanismos de participación de los ciudadanos a través de los cuales se pretende facilitar la transformación democrática y política al posibilitar el cabal cumplimiento de la función del Estado y por ende, la protección de los derechos de los ciudadanos ..

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  81. EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO SE ERIGE EN DEFENSA DEL INDIVIDUO INVESTIDO DE DIGNIDAD HUMANA, A DIFERENCIA DEL ESTADO DE DERECHO QUE SE CIFRA EN LA PREPONDERANCIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO. AL TRANSITAR DE UN SISTEMA AL OTRO ES PRECISO QUE LA CARTA MAGNA GARANTIZE LA PLENA GARANTIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ATRAVEZ DE MECANISMOS COMO LA ACCION DE TUTELA, EL HABEAS CORPUS ENTRE OTROS

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